Así no existiría trato discriminatorio con respecto a los funcionarios de carrera, que tienen reconocido un permiso especial para estos casos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia en la que declara que los funcionarios interinos elegidos para desempeñar un cargo político tienen derecho al mismo permiso especial que la norma española concede a los funcionarios de carrera cuando se hallan en situaciones de servicios especiales o de excedencia voluntaria.
Este permiso especial implica la reserva de la plaza y de destino y su derecho a la promoción hasta que expire su mandato en el cargo político para el que el funcionario fue elegido.
El TJUE dicta este fallo a raíz de una cuestión que le eleva el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo sobre el caso de una trabajadora que, tras años de prestar servicios para el Principado de Asturias, fue nombrada en abril del 2011 funcionaria interina para sustituir a otra que se hallaba en comisión de servicios.
Petición denegada
En mayo del 2015 esta trabajadora interina fue elegida diputada en las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias, motivo por el que solicitó, un mes más tarde, que se la declarara en situación de servicios o de excedencia voluntaria. Su petición fue denegada debido a que la normativa española determina que solo pueden obtener dicha condición los funcionarios de carrera.
El Juzgado de Oviedo que ha analizado el litigio considera que el carácter temporal de las funciones desempeñadas por un funcionario interino no constituye una razón objetiva que justifique un trato diferenciado respecto a los funcionarios de carrera, impidiéndole reincorporarse a su puesto al expirar el mandato parlamentario.
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